Descubre cuál es el correcto etiquetado de los productos alimenticios y cómo deberían las empresas cumplir con la normativa:

¿Qué perseguimos con el etiquetado de productos alimenticios?

Sirve para que los consumidores puedan elegir los alimentos que en realidad desean o creen que necesitan gracias a la información que les facilitamos en la etiqueta. Ésta debe ser clara, útil y completa para no confundir o equivocar al comprador respecto a las características del alimento que compra.

¿Qué datos son obligatorios en el etiquetado?

Depende de algunos factores como de si el alimento es envasado o no, del modo de venta y del tipo de producto. Por ejemplo, hay requisitos específicos para carne de vacuno, agua envasada o huevos frescos. A continuación, los distinguimos según sean productos envasados o no y si existe venta a distancia:

Etiquetado en productos envasados

Denominación legal o, en su defecto, el nombre habitual con el que vendemos el producto. Ejemplo: paté de salmón.

La lista de ingredientes con los que está fabricado el alimento. Debemos seguir un orden descendente, es decir, poniendo primero el que en más cantidad está presente. En el supuesto de hablar de una lata de tomate podríamos encontrar: tomate, aceite de oliva virgen extra (5,1%), azúcar y sal. Hay excepciones, como las frutas y hortalizas sin manipular y las bebidas que tengan más de 1,2% en volumen de alcohol como ya vimos en el artículo sobre el etiquetado de las bebidas alcohólicas.

Alérgenos. Especificaremos las sustancias que pueden causar intolerancias o alergias en el usuario como lactosa o frutos secos. Por ejemplo, en el caso de unas rosquillas podríamos indicar: harina de trigo 70% (contiene gluten), sal y levadura.

Cantidad neta, expresada según proceda en unidades de volumen (litros, centilitros y mililitros) o de masa (kilogramos o gramos).

Fecha de duración, consumo preferente o caducidad para los productos alimenticios más perecederos.

Condiciones especiales de conservación y/o modo de empleo. Por ejemplo, en el caso de una sopa de fideos precocinada deberíamos indicar algo como: “Conservación en el hogar: frigorífico 3 días. No congelar” y el modo de preparación sería: “Añadir agua hasta la marca interior. Colocar la tapa sobre el bol y calentar durante 5 minutos en microondas a potencia alta (9000-1.000 vatios). Sacarlo con cuidado por estar muy caliente”.

Empresa responsable (ya sea el fabricante, el envasador o un vendedor dentro de la UE) o bien la razón social junto a la dirección.

País de origen y lugar de procedencia, aunque no es obligatorio en todos los casos.

Información nutricional. Debe contener: datos sobre el valor energético y la cantidad de proteínas, sal, azúcares, hidratos de carbono, grasas y de éstas cuáles son saturadas. Normalmente esta información aparece desglosada en una tabla.

Etiquetado en productos no envasados

La información obligatoria en estos casos sería:

  • Sustancias que causan alergias o intolerancias alimentarias. En el caso de los productos sin envasar suministrados por colectividades como bares, hospitales y comedores es obligatorio también comunicar estos datos.
  • Sin envasar o envasados en el punto de venta por solicitud del comprador. Tenemos que informar como mínimo de la denominación del alimento, la cantidad de ingredientes y la graduación alcohólica si es superior al 1,2%.
  • Los productos envasados por los titulares del comercio minorista para venta inmediata deben llevar la misma información que los productos envasados, excepto la información nutricional.
  • En los envasados en bolsas o en envases donde se aprecie el alimento a simple vista aparecerá la denominación del alimento, la cantidad neta y la empresa alimentaria.

¿Y si mi empresa vende a distancia?

La información obligatoria en la venta a distancia de productos no envasados varía en función de cada modalidad, pero, eso sí, tiene que estar disponible antes de finalizar la compra y también cuando se entrega en el domicilio. Consúltanos para salir de dudas.

¿Quién es responsable del etiquetado?

Los operadores alimentarios, es decir, empresas que pertenecen a la industria agroalimentaria que comercializan el producto alimenticio.

El etiquetado de los alimentos, ¿qué normativa aplicamos?

Las normas básicas que afectan a todos los productos alimenticios son:

Reglamento (UE) Nº 1169/2011. Regula la información alimentaria que facilitamos al consumidor.

Real Decreto 126/2015. Es la encargada de regular la información de los alimentos sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, así como los envasados en los lugares de venta porque el comprador lo solicita y de los productos envasados por los titulares del comercio al por menor y la venta a distancia.

 

Hay otras normativas específicas que habrá que tener en cuenta y que dependen del sector, además de numerosas excepciones. Por eso es imprescindible que confíes en una empresa de seguridad alimentaria como CSA Consultores para que no cometas errores. ¿Hablamos?

 

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