¡Cumplimos 20 años! Dos décadas que han transcurrido llenas de importantes logros, retos superados y con el mismo objetivo con el que nacimos: garantizar la seguridad alimentaria en todos los procesos de fabricación y elaboración de las empresas de nuestros clientes. Hoy queremos compartir nuestra historia contigo y, si te quedas hasta el final, prometemos premiarte por haberlo hecho posible:

Origen

18 de diciembre de 1998, una fecha clave, ¡la de nuestro nacimiento! CSA se crea y se establece como actividad principal la consultoría en seguridad alimentaria y los tratamientos de desinsectación y desratización.

Fidelidad

Cómo olvidar el nombre de nuestro primer cliente, Restaurante El Lomo de Albacete, que, además, ¡hoy en día lo sigue siendo! Fidelizar a nuestros clientes es toda una satisfacción para el equipo y un reconocimiento al esfuerzo diario.

Equipo

Nuestros compañeros Mara y Ángel son los más veteranos del equipo desde que se incorporaran en el año 1999 y en el 2000 respectivamente. Con todo el personal y especialmente con ellos estamos muy agradecidos por ayudarnos a crear una plantilla comprometida, eficaz y responsable. ¡Esperamos estar al menos otros 20 años más juntos!

Laboratorio

En 2006 ampliamos nuestros servicios en Albacete con un laboratorio propio donde disponemos de todo tipo de analíticas de aguas, superficies, alimentos, etc.  Así continuamos perfilando nuestro servicio 360º en seguridad alimentaria.

Crecimiento

En el mismo año estrenamos nuestras instalaciones en el Polígono Industrial Romica con una superficie total de 2.800 m2. En ellas, más de 500 metros pertenecen a oficinas y laboratorio y cuentan con una capacidad de almacenaje de 3.500 palets.

Calidad certificada

Allá por el año 2000 conseguimos la que sería la primera certificación sobre calidad ISO:9000 a través de Bureau Veritas Certification (BVQI).

Garantías de calidad

Siete años más tarde, en 2007, ampliamos la citada certificación ISO:9001 a todos los servicios que ofrecemos a través de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR). Es más, a lo largo de los años hemos realizado para los clientes de AENOR auditorías International Featured Standards (IFS), normas que cubren los distintos procesos y servicios en la cadena de suministro, y también auditorías de la British Retalil Consortium (BRC), unos estándares de seguridad alimentaria reconocidos internacionalmente.

Más servicios

En 2012 abrimos una nueva línea de negocio de venta y distribución de productos y sistemas de higiene en industrias agro-alimentarias, con la ayuda de ECOLAB, referente mundial en fabricación de estos productos.

Cobertura nacional

En 2015 damos un paso más y el campo de acción de CSA se extiende a todo el territorio nacional, es decir, ofrecemos servicios en toda España, incluyendo las Islas Canarias y Baleares.

Comunicación y marketing

En nuestro afán de superación, en 2016 creamos un departamento de Marketing y solicitamos la colaboración y asesoramiento de una agencia de publicidad externa. Así, nuestra estrategia anual de comunicación cobra forma.

El futuro de CSA Seguridad Alimentaria

Hasta aquí has conocido nuestro pasado, pero, ¿qué nos depara el futuro más próximo? Nuevos retos que nos fijamos en los siguientes años como estos:

Objetivos marcados entre 2018 y 2019

Crear una marca propia de productos y sistemas de higiene que complemente los productos de ECOLAB, conseguir la acreditación con la norma ISO-17025 de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el laboratorio, cambiar el software general para que tanto tú como cliente como nuestro equipo pueda realizar todos los servicios utilizando la web.

Objetivo para 2020

Poner en marcha un centro de formación homologado para nuestros clientes actuales o potenciales con formación también de grado alto como másters.

Regalos para ti por nuestro 20 aniversario

Como ya hemos dicho, sin tu ayuda no lo hubiéramos logrado así que queremos agradecértelo y que seas protagonista de esta celebración.  Por eso hemos puesto en marcha un sorteo de 6 premios que consiste en:

  • 3 cajas de experiencias de “Mil y una noches de ensueño” de Smartbox.
  • 3 mensualidades gratuitas de los servicios que cada uno de los 3 clientes seleccionados tenga contratados.

¿Cómo puedes participar? ¡Ya estás dentro del sorteo por ser unos de nuestros clientes actuales! No debes hacer nada, sólo esperar al 15 de febrero cuando conoceremos a los ganadores que se escogerán aleatoriamente a través de la herramienta Easypromos.

Una vez más, ¡muchas gracias por dejar que cumplamos 20 años! Contamos contigo en nuestro futuro.

¡Ya conocemos a los ganadores del sorteo que hemos realizado entre nuestros clientes por nuestro 20 aniversario!

Los afortunados que se llevan una Caja de Experiencias son Salones Boyma, Las pedroñeras (Cuenca), Residencia de Mayores San Francisco, Herencia (Ciudad Real) y Guardería Virgen de Guadalupe, (Ciudad Real), mientras que las 3 Mensualidades Gratis de los Servicios Contratados son para Residencia de Mayores La Luz, (Cuenca), Horno de Tebar, (Cuenca) y Bodegas Finca El Palacio, Quintanar del Rey (Cuenca). ¡Enhorabuena!

https://sweeps.easypromosapp.com/w/309101

BASES DEL SORTEO VEINTE ANIVERSARIO DE CSA

PRIMERA. EMPRESA ORGANIZADORA Y OBJETO DE LA PROMOCIÓN

La entidad Consultores en Seguridad Alimentaria de Albacete (en adelante, CSA), con domicilio en c/ IV Bis Parcela 53C, Polígono Industrial Romica, 02080 Albacete, y provista de CIF B02281848, llevará a cabo por el sistema de sorteo, una promoción denominada “SORTEO 20 ANIVERSARIO CSA” con el propósito de compartir con sus clientes el 20 aniversario de la entidad.

SEGUNDA. PLAZO Y ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA PROMOCIÓN

Se abarcará todo el territorio nacional.

El sorteo se realizará el día 15 de febrero de 2018.

TERCERA. PARTICIPANTES

3.1 Se encuentran dentro del sorteo todos los clientes actuales de CSA.

3.2 Se excluye a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluidas parejas de hecho, de CSA, así como de cualquiera de las empresas participantes, particularmente las empresas encargadas de la realización y organización de la presente Promoción (Agencias de publicidad, diseño, imprenta, notarías, etc).

3.3 CSA se reserva el derecho a dar de baja y excluir automáticamente a cualquier participante del que estime que realiza un mal uso o abusa de la Promoción, con la correspondiente anulación del sorteo. Se entiende como mal uso el incumplimiento de cualquier condición de participación incluida en estas bases

CUARTA. OBJETO, GRATUIDAD Y COMUNICACIÓN DE LA PROMOCIÓN

4.1 Con el sorteo se trata de ofrecer un incentivo a los clientes de CSA con el objeto de celebrar el veinte aniversario de la entidad.

4.2 Esta promoción es totalmente gratuita para el usuario.

4.3 Para comunicar la promoción se emplearán:

La promoción también se comunicará en cuales quiera otros medios que CSA considere oportunos, prensa, radio, exterior, medios digitales, etc.

QUINTA. MECÁNICA Y MODO DE PARTICIPACIÓN

5.1 Aquellos clientes de CSA señalados en la base, se incluirán automáticamente como participantes del sorteo.

5.2 La participación en el sorteo no significa la concesión automática del premio pues hay un día asignado para el sorteo de los mismos.

SEXTA. PREMIO

6.1 El premio consiste en el Sorteo de 6 premios para clientes diferentes.

  • 3 cajas de experiencia de “Mil y una noches de ensueño”, de Smartbox, valoradas en 119,90€ cada una.
  • 3 mensualidades gratuitas de los servicios que cada uno de los 3 clientes seleccionados aleatoriamente tenga contratados.

6.2 El Sorteo se realizará el día 15 de febrero de 2018 mediante un método informático aleatorio de la plataforma Easypromos.

6.3 Los premios de esta promoción no podrán ser canjeados por su importe en metálico, ni ser objeto de cualquier cambio, alteración, compensación o cesión a petición del ganador.

6.4 CSA se reserva el derecho de sustituir, por causa justificada, los premios por otros de similares características y de igual o superior valor.

6.5 La renuncia al premio por parte de alguno de los ganadores no les dará ningún derecho de indemnización o compensación.

SÉPTIMA. SORTEO

7.1 Al realizar el sorteo de los seis premios se seleccionará 1 reserva de cada uno de ellos, que serán suplentes de los ganadores por orden de extracción, para el caso de que el ganador no cumpliera con los requisitos de estas bases o renunciara al premio.

7.2 Las fechas del sorteo podrán ser modificadas unilateralmente por la organizadora,

cuando existan causas justificadas o motivos técnicos que impidan la celebración del

mismo en las fechas establecida.

OCTAVA. COMUNICACIÓN A LOS GANADORES, ACEPTACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS

8.1 La asignación del premio se realizará cuando se compruebe que el agraciado cumple con todas las condiciones de la promoción, así en el caso de que alguno de los agraciados no reúna las características establecidas en estas Bases, no se le localizara o renunciara al mismo, el premio pasaría al que le haya correspondido como suplente.

Si ninguno de los agraciados cumpliese con los requisitos establecidos, el premio se

declarará desierto.

8.2 CSA o la agencia designada por la misma comunicará al agraciado su premio el mismo día o el posterior del Sorteo. Lo hará a través de una comunicación personal y la publicación en el Blog de la web de CSA, además de la comunicación en las redes sociales.

8.3 En caso de imposibilidad manifiesta para contactar con los ganadores, por error en los datos facilitados por éste o por no localización del ganador, CSA quedará eximida de cualquier responsabilidad.

8.4 El ganador tendrá que confirmar la aceptación del premio contestando a la comunicación de CSA en un plazo de 5 días naturales a contar desde la fecha de envío del mensaje privado u otro tipo de contacto en que se le hubiera notificado su condición de tal.

8.5 Transcurrido este último plazo sin comunicación por parte del agraciado, tanto de aceptación como de renuncia, una vez vencido el plazo de tres días naturales siguientes a aquél en el que participante reciba la comunicación de haber resultado agraciado, se

entenderá que el participante ha renunciado al premio, quedando CSA facultada para hacer uso del mismo en este sentido, y otorgará el premio al suplente, respecto del que se seguirá el mismo procedimiento de notificación.

8.6 En caso de renuncia al premio, no existirá compensación alguna del mismo.

NOVENA. FISCALIDAD DE LOS PREMIOS

9.1 A los premios de la presente promoción, si el valor de los mismos diera lugar a ello, les será de aplicación la normativa sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, y cualquier otra legislación tributaria de aplicación, siendo de cargo del agraciado.

9.2 De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.

9.3 En todo caso corresponderá a la entidad CSA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, y al ganador la declaración correspondiente en su IRPF. A tal efecto CSA entregará al ganador, que haya aceptado el premio y cumplido el resto de requisitos, en el momento de la entrega del premio la documentación tributaria correspondiente, con la obligación del ganador de cumplimentarla y entregarla a CSA, el incumplimiento de esta obligación determina la pérdida del derecho al premio.

9.4 Para el caso de que la citada documentación no fuese entregada por circunstancias no imputables al ganador en el momento de la recogida del premio (de forma que no perdiese el derecho a premio), CSA la remitirá al ganador, quién deberá devolverla debidamente cumplimentada dentro de los 15 días siguientes. El incumplimiento de esta obligación determina la pérdida del derecho al premio y el derecho de CSA, en su caso, a exigir su devolución. En todo caso, si dicha comunicación fuera recepcionada por CSA en un período impositivo diferente al de la entrega del premio, y el ganador no hubiese perdido su derecho al premio, el ganador queda informado de que las retenciones a cuenta del IRPF correspondiente al premio obtenido, serán practicadas en el ejercicio fiscal en que se reciba la comunicación de la recepción del premio y documento de retención a cuenta del IRPF firmada por el premiado. Por todo ello el premiado quedará obligado a declarar el premio obtenido en su declaración de IRPF de dicho ejercicio.

DÉCIMA. MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN

10.1 CSA se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio, modificar, ampliar, suspender o cancelar la promoción durante el desarrollo de la misma, comprometiéndose a comunicar con la suficiente antelación las nuevas bases.

DECIMOPRIMERA. CONSIDERACIONES GENERALES

11.1 La simple participación en la promoción implica la aceptación de las bases sin reservas, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, CSA quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

11.2 CSA se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción.

11.3 En el caso de que CSA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la presente promoción, alterando ilegalmente su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear los resultados, podrá de forma unilateral eliminar la participación del mismo.

11.4 CSA se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la promoción.

11.5 CSA no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción.

DECIMOSEGUNDA. DERECHOS DE IMAGEN

12.1 Los participantes ganadores, consienten automáticamente al participar en la presente promoción en la cesión a CSA de su nombre e imagen para su posterior utilización, publicación y reproducción sin limitación alguna en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que éstos se relacionen con la presente promoción, sin que ello genere derecho a favor de los ganadores a recibir contraprestación alguna por ello.

DECIMOTERCERA. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

13.1 De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, CSA informa a los usuarios y participantes de la promoción que los datos personales que nos facilite, serán incorporados a sus ficheros, con la finalidad de gestionar el desarrollo de la promoción y facilitar el acceso a los premios al ganador. La negativa a suministrar los datos solicitados, determinará la imposibilidad de participar en la promoción, y disfrutar el premio.

13.2 Asimismo, y con la única finalidad de gestionar la entrega de los Premios a los ganadores, CSA podrá permitir el acceso a los datos a las entidades encargadas de la gestión y entrega de los mismos, o cualquier otra entidad colaboradora que participe en la promoción.

13.3 CSA le informa que, los datos podrán ser utilizados para el envío por medios tradicionales o electrónicos (email, SMS, etc.) de publicidad y ofertas comerciales de la Entidad.

DECIMOCUARTA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

14.1 Para toda controversia que pudiera surgir en la interpretación y aplicación de las presentes bases, los participantes aceptan el criterio de CSA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción, siendo su decisión inapelable.

14.2 No obstante, y de manera subsidiaria, tanto los participantes de esta promoción como CSA, con renuncia a su fuero propio si lo hubiere, se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Albacete para dilucidar las diferencias a que pudiera haber lugar en la interpretación y ejecución de estas bases.

DECIMOQUINTA. LEGISLACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES

15.1 Esta promoción se rige por las Leyes Españolas.

15.2 Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de participar en la promoción implica la total aceptación de las presentes bases que han sido depositadas en el portal en la web www.csaconsultores.com

 

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